Subsidio Discapacidad Mental Menores de 18 años

Subsidio Discapacidad Mental Menores de 18 años

¿En qué Consiste el Programa o Beneficio?

Este beneficio es un aporte en dinero que entrega el Estado, en forma mensual, a aquellas personas con discapacidad mental, menores de 18 años y carentes de recursos económicos.
Además del dinero en sí mismo, la entrega del beneficio, da derecho a los menores, a recibir atención médica gratuita en consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud.
El artículo 2° de la Ley N° 18.600, señala que se considera persona con discapacidad mental a toda aquella que, como consecuencia de una o más limitaciones síquicas, congénitas o adquiridas, previsiblemente de carácter permanente y con independencia de la causa que las hubiera originado, vea obstaculizada, en a lo menos un tercio, su capacidad educativa, laboral o de integración social.

¿Cuál es el Beneficio directo?

Corresponde a un monto mensual del cual será beneficiario el menor de edad cobrado por su tutor, padre o madre. Para el año 2016 este monto equivale a $64.273 mensuales. Este beneficio se reajusta en el mes de enero de cada año, en un 100% de la variación experimentada por el índice de Precios al Consumidor (IPC).

¿Quiénes pueden solicitar o postular?

Aquellas personas menores de 18 años, cuya discapacidad mental haya sido declarada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente a su domicilio.

¿Cómo se solicita o postula?

Las personas que tengan a su cargo a un menor que reúna los requisitos anteriormente mencionados, deben acudir a la Municipalidad más cercana a su residencia, con el certificado que acredite la discapacidad, emitido por la COMPIN.

¿Cuáles son los documentos o antecedentes requeridos para postular?

Los menores deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Deben ser personas carentes de recursos, de acuerdo al  Registro Social de Hogares (RSH). Se accede a dicho registro de la siguiente manera: http://www.registrosocial.gob.cl/preguntas-frecuentes-web/
  • No debe poseer previsión social, así como tampoco deben estar recibiendo ningún otro tipo de subsidio, ya que este beneficio es incompatible con otra pensión;
  • Y deben tener una residencia continua en el país de, por lo menos, tres años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Certificado Médico que acredite acreditar su discapacidad emitido por la COMPIN
  • Cédula de Identidad del postulante y su tutor

¿Dónde se realiza el trámite y en que horarios?

En este caso las municipalidades que son las encargadas de recibir la respectiva solicitud e informar a las personas a las que se les otorgó el beneficio.

¿Existe un periodo de postulación?

Este trámite puede ser realizado durante todo el año

¿Tiene algún costo?

Este trámite es sin costo para usted.

 

Para obtener más información ingrese al link: http://nuevo.ips.gob.cl/servlet/internet/inicio