Sala de Prensa

Director Regional de SENADIS junto al presidente de Fundalurp e integrantes de la Escuela de Perros Guías.
Director Regional de SENADIS junto al presidente de Fundalurp e integrantes de la Escuela de Perros Guías.

30/04/2025

Director Regional Metropolitano de SENADIS visita Escuela Perros Guía Chile

• La actividad se desarrolló en el marco del Día Internacional del Perro Guía, que se conmemora el último miércoles de abril, y que este año fue el miércoles 30.

• Nuestro país cuenta con la Ley N°20.025 que regula el uso de perros guía, de señal o de servicio.

Santiago, 30 de abril de 2025. Esta mañana el Director Regional Metropolitano de SENADIS, Iván Espinoza, visitó la Escuela Perros Guía Chile, en donde pudo conocer en profundidad el servicio de apoyo que brindan los perros guía a las personas ciegas o con baja visión, para favorecer su autonomía y participación social.

En la oportunidad, el Director Regional Metropolitano de SENADIS se reunió con Gustavo Serrano, presidente de la Fundación Lucha contra la Retinitis Pigmentosa, Fundalurp, junto a su perro guía Lucky, y a Andrea Moreno, directora de la Escuela Perros Guía Chile, para hablar sobre el contexto en el que nace la escuela y el trabajo que han estado realizando desde el año 2023.

Luego, junto a la autoridad, se realizó un recorrido por los espacios de entrenamiento de la primera escuela de perros guía del país, en donde las personas entrenadoras de los perros guía, comentaron sobre el proceso y la metodología que se utiliza.

La actividad se desarrolló en el marco del Día Internacional del Perro Guía que se conmemora el último miércoles de abril, y que este año es el miércoles 30 de abril.

Nuestro país cuenta con la Ley N°20.025 que regula el uso de perros guía, de señal o de servicio. Los perros de asistencia pueden tener las siguientes categorías:

• Perro Guía, para asistir a las personas con discapacidad visual;
• Perro de señal, para asistir a las personas con discapacidad auditiva;
• Perro de servicio, para asistir a personas con discapacidad física; y
• Perro de respuesta, adiestrado para detectar cambios bioquímicos de descompensación previa a manifestaciones neurológicas o convulsiones de una persona con discapacidad.

La ley establece que toda persona con discapacidad tendrá derecho a ser acompañada permanentemente por un perro de asistencia, a todo edificio, construcción, infraestructura o espacio de uso público, sea de propiedad privada o pública, destinado a un uso que implique la concurrencia de público.

Los perros de asistencia deben portar en todo momento un distintivo que lo acredite. Los perros guías puedes reconocerlos por usar un arnés o peto otorgado por la escuela de entrenamiento. Y las personas usuarias de perros guías deben portar su credencial con fotografía junto al perro guía, y tienen derecho a ingresar a todos los lugares.

Recomendaciones: Respeta a las Personas Usuarias de Perros Guías

1. Los perros guías están entrenados para guiar a personas ciegas o con baja visión.
2. Los perros guías están entrenados para comportarse mientras trabajan. Nunca serán una molestia para otras personas.
3. Un perro guía no necesita bozal. ¡Jamás te atacará! Está entrenado para trabajar, no es agresivo.
4. Una persona ciega o con baja visión tiene derecho a entrar a todos los lugares con su perro guía: al supermercado, hospital, restorán y hotel, entre otros.
5. Una persona ciega o con baja visión tiene derecho a usar el transporte público y privado, micros, buses, taxis, avión. ¡Y sin ningún costo adicional!
6. El perro guía nunca debe ser separado de la persona ciega a la que guía.
7. Un perro guía, cuando está con su uniforme, nunca debe ser tocado, ni distraído. Necesita concentración para realizar un buen trabajo.
8. Si quieres ayudar a una persona ciega, pregúntale primero qué necesita. Nunca entregues una indicación o instrucción a su perro guía.
9. La movilidad, desplazamiento y vida de una persona, depende del buen trabajo de un perro guía.
10. Las personas con discapacidad, usuarias de perros guías, pueden denunciar ante el Juzgado de Policía Local en caso de que sus derechos sean vulnerados.
11. Quienes nieguen el ingreso de una persona junto a su perro guía, a cualquier edificio, construcción, infraestructura o espacio de uso público, sea de propiedad privada o pública o medio de transporte, arriesgan multas de hasta 120 UTM.