El Servicio Nacional de la Discapacidad, SENADIS, informa que todas las personas naturales y jurídicas que hayan sido adjudicatarias de la convocatoria Tránsito a la Vida Independiente, año 2019, pueden solicitar financiamiento para un nuevo periodo de ejecución. Toda solicitud estará sujeta a un proceso de evaluación.
Para solicitar un nuevo período de ejecución los/as adjudicatarios/as deberán:
1. Completar el Anexo N°1 “Solicitud de un nuevo período de ejecución”.
2. Reunir la documentación complementaria, según sea la modalidad a financiar.
3. Enviar el Anexo N°1 en formato digital, firmado por el ejecutor, al correo electrónico vidaindependiente@senadis.cl, junto con los documentos complementarios requeridos, según sea la modalidad, desde el miércoles 01 de abril de 2020 hasta las 16:00 del martes 21 de abril de 2020.
4. Para quienes no presenten en la fecha y forma indicada el Anexo N°1 y los documentos complementarios, o bien, no soliciten el nuevo período de ejecución, se procederá al cierre del convenio de acuerdo a los plazos y condiciones establecidas en el mismo.
IMPORTANTE:
Con el objetivo de facilitar la entrega de las solicitudes, en el marco de la emergencia sanitaria vigente, se informa que todo aquel ejecutor de la modalidad individual que no tenga posibilidad de imprimir el Anexo N°1 “Solicitud de un nuevo período de ejecución”, para su posterior firma y envío, podrá remitir el documento sin firma, el que será validado siempre y cuando:
1. Adjunte copia de su cédula de identidad por ambos lados.
2. Incorpore en el cuerpo del correo una declaración simple del ejecutor, donde señale su completa conformidad con la información del formulario adjunto.
ATENCIÓN: Se informa que, con fecha 14 de mayo de 2020, fueron modificados los plazos del actual proceso, desde el hito “Publicacion de proyectos con adjudicación de recursos de continuidad" en adelante, de las Orientaciones para la Continuidad de Recursos de proyectos adjudicados a través de la Convocatoria Tránsito a la Vida Independiente, año 2019, para su segundo año de ejecución". Para mayor información, favor descargar la Resolución Exenta N°1114, de SENADIS, adjunta en esta página web. |